Noticia importante: La información que contiene este artículo fue actualizada por última vez el 4 de Julio de 2016.
NORMATIVA DE RECOGIDA DE BASURA
A partir del 29/4/13, los restos de jardinería que se encuentren en su jardín privado pueden ser recogidos a domicilio con cita previa.
Electrodomésticos y otros artículos del hogar (lavadoras, unidades de aire acondicionado, antenas parabólicas, muebles de jardín, etc.) NO deben dejarse en los contenedores de basura. Puede llamar al mismo número de teléfono que se utiliza para la recogida de restos de jardinería para concertar la recogida de electrodomésticos en un día específico.
No deje nada en el antiguo contenedor detrás del supermercado, ahora es únicamente para las áreas comunes de Cala Llonga.
Llame al 971 36 19 63 para concretar la recogida.
Todos los jardineros profesionales deben llevar los restos de jardinería de sus clientes al vertedero de Mahón o al de Milà.
Dejar basura en cualquier otro lugar no autorizado será multado con hasta 600€
FOSAS SÉPTICAS Y VACIADO DE PISCINAS
Es muy importante para todos nosotros asegurar que nuestras fosas sépticas sean eficientes, ya que frecuentemente causan condiciones desagradables no sólo para usted, sino también para sus vecinos y para las calles y aceras. Si ve algo que le preocupe, por favor denúncielo a la policía.
También nos gustaría aprovechar esta oportunidad para recordarles que no está permitido vaciar sus piscinas en la vía pública. Esto debe ser reconducido a su propia fosa séptica o reciclado para regar su jardín.
PERROS RUIDOSOS O DESCUIDADOS
Esto es un constante dilema. Si un perro está ladrando demasiado a horas intempestivas, por favor denúncielo a la policía. Cualquier negligencia o crueldad hacia animales también puede ser denunciada:
Protectora d’Animals de Maó
Josep Maria Quadrado, 10
07700 – Maó (Menorca)
Illes Balears
España
Teléfono: +34 699 20 28 98
Email: protectoramao@gmail.com
GATOS PERDIDOS EN CALA LLONGA
Esto se está convirtiendo en un problema para muchos vecinos, ya que se han formado colonias y están siendo alimentadas por personas.
NORMATIVA DE CONSTRUCCIÓN
Normas especificas para obras, edificaciones y trabajos en la vía pública
Condiciones generales aplicables a obras, edificaciones y trabajos en la vía pública:
- Las personas responsables de las obras, las edificaciones y los trabajos en la vía pública, con el fin de minimizar las molestias, deben adoptar las medidas adecuadas para reducir los niveles sonoros y de vibraciones de éstos y de las máquinas auxiliares que utilicen. A tal efecto, entre otras medidas, pueden instalar silenciadores acústicos o bancadas amortiguadoras de vibraciones, o cerrar la fuente sonora o ubicarla en el interior de la estructura en construcción. una vez que el estado de la obra lo permita.
- Los equipos y las máquinas susceptibles de producir ruidos y vibraciones empleados en las obras, las edificaciones y los trabajos en la vía pública deben cumplir lo que establece la normativa sectorial aplicable, y las máquinas de uso al aire libre en particular, las prescripciones del Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el cual se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre, o la norma que lo sustituya. En cualquier caso, los sistemas o equipos complementarios que se utilicen deben ser los más adecuados para reducir la contaminación acústica.
- Los horarios habituales, que podrán ser modificados por el Ayuntamiento en cada caso, en atención a circunstancias especiales, serán:
- Trabajos con maquinaria pesada para excavaciones (excavadoras, compresores, etc.). Horario habitual: De 8.00 a 13.00 horas y de 15.00 a 18.00 horas, excepto los meses de mayo a octubre, con un horario reducido para minimizar las molestias al vecindario, únicamente de 8.00 a 14.00 horas (se exceptúa la aplicación de la restricción a zonas industriales, rurales o que no tengan ninguna incidencia sobre viviendas).
- Trabajos de construcción habituales, de carácter menos ruidoso (acabados de obra, etc.).
- Horario habitual: De 8.00 a 13.00 horas y de 15.00 a 18.00 horas.
- Con cumplimiento de las condiciones de emisión e inmisión de ruidos establecidas para la zona en cuestión.
- Implantación de medidas correctoras para cumplir con las emisiones, con disposición de recinto aislado acústicamente, para llevar a cabo tareas propias de la obra que generen ruidos.
- Prohibición total de cualquier trabajo que produzca ruidos superiores a los permitidos por estas normas, fuera de los horarios indicados y en días festivos.
- En las obras públicas y en la construcción deben usarse las máquinas y los equipos técnicamente menos ruidosos, de la manera más adecuada para generar la menor contaminación acústica posible. Concretamente:
- Los generadores eléctricos que se instalen en la vía pública deben tener una potencia sonora de 90 dB PWL, como máximo, con un espectro sin componentes tonales emergentes. En el supuesto de que la obra se prolongue más de un mes, deben sustituirse por acometida eléctrica, excepto que la obra sea en una urbanización o que haya un informe desfavorable del distribuidor eléctrico de la zona.
- Los motores de combustión deben estar equipados con silenciadores de gases de escape y sistemas amortiguadores de ruido y vibraciones.
- Los motores de las máquinas deben estar parados cuando estas no se utilicen.
Se exceptúan de las prohibiciones establecidas, de trabajo en horas nocturnas, las obras urgentes por razones de necesidad o peligro, o aquellas que, por sus inconveniencias, no puedan realizarse de día. El trabajo nocturno debe autorizarlo expresamente la autoridad municipal, quién debe determinar los límites sonoros que deben cumplirse.
AYUNTAMIENTO
Cualquier actividad de construcción fuera de las horas establecidas no está permitida, excepto los trabajos urgentes o peligrosos en posesión de una licencia especial del Ayuntamiento.
Por favor, denuncie cualquier incumplimiento del reglamento anterior directamente a la POLICÍA LOCAL 971 36 39 61.